MINEDU REGULA ADECUACIÓN DE LAS ESCUELAS PRIVADAS
COLEGIOS DE LA JURISDICCIÓN DE LAMBAYEQUE ESTÁN CUMPLIENDO CON EL AUTORREPORTE DEL CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES BÁSICAS
PROCESO DEBE COMPLETARSE HASTA EL 30 DE JUNIO
36 instituciones educativas privadas dentro la jurisdicción de Lambayeque van cumpliendo hasta la actualidad con el autorreporte de las condiciones básicas establecidas por Minedu a través de la Resolución N° 109, 2022.
La norma señala que el proceso es gradual y obligatorio para todas las escuelas particulares que pretendan continuar prestando el servicio de educación básica.
Asimismo, se indica que la institución educativa privada será la responsable de la implementación de las CB.
Asimismo, la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) estará a cargo del desarrollo de la supervisión orientativa, por lo que será responsable de efectuar el seguimiento y acompañamiento a las escuelas en el proceso de adecuación según los lineamientos que establecen las condiciones básicas para la provisión de servicios educativos de educación básica.
Las instituciones educativas que han cumplido con la evaluación hasta la fecha son:
CEBA San José Patriarca
Nube Azul
Teresita de Calcuta
Escuela Científica Integral de Lambayeque
Crayolas
Santa Catalina
Juan Tomis Stak
Infoser
Iberoamericano
Juan Abad
Antonio Raimondi
Arcángel San Miguel
Mis Angelitos
CEBA, Morrup
Apóstoles de Jesús
Mi Mundo Infantil
Real Colegio de Arce
Evangélica Peruano, Germana
Santa Lucia
Naymlap
Lambayeque
Cielito
Gulnara Feria Córdova
CEBA, Jorge Basadre
El Británico
Adonai
CEBA, Llampayec
Basadre Collegue
CEBA, San Sebastián
Nuestra Señora de la Paz
Juan Odar López
San Martín
Nuestra Señora de Guadalupe
San Agustín
San José Robles Hurtado
Iberoamericano
Además, este proceso tiene un plazo de adecuación de tres años, contados desde la publicación de la normativa, el cual puede ser ampliado hasta por dos años adicionales.
Se divide en dos etapas progresivas:
1. Diagnóstico de cumplimiento de las condiciones básicas (CB)
Esta etapa consiste en la identificación y descripción de la situación de la institución educativa privada sobre la implementación de las CB para prestar el servicio educativo. Por ello, el Ministerio de Educación (Minedu) dispone el instrumento de autorreporte, a través del cual las directoras y los directores de instituciones educativas privadas deben registrar información actualizada sobre el cumplimiento durante los dos primeros meses de cada año calendario en curso (hasta el 30 de junio del 2022), a través del Sistema de Gestión de la Calidad del Servicio Educativo (SIMON), Plan de Monitoreo 31.
2. Supervisión orientativa.
Se inicia después que la institución educativa haya registrado el cumplimiento de las CB en el instrumento de autorreporte, y estará a cargo de las UGEL, las cuales realizarán la supervisión orientativa de manera anual y de acuerdo con los métodos o criterios de priorización que se determine. Este proceso se llevará a cabo sin perjuicio de lo que el Minedu pudiera disponer a través de estrategias de supervisión o normativa posterior.



